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https://ri.ujat.mx/handle/20.500.12107/3320
Title: | El plazo razonable como garantía judicial a partir de la jurisprudencia de la Corte Interamericana de los Derechos Humanos |
metadata.dc.creator: | ABRIL ALEJANDRA PRIEGO BARAHONA |
metadata.dc.creator.id: | info:eu-repo/dai/mx/cvu/591574 |
Abstract: | La presente investigación aborda la problemática que se suscita en los países del continente americano al momento de la impartición de justicia con respecto a la disfunción de los sistemas judiciales por el retraso en la conclusión de los procesos que pone en crisis toda legitimación y todos los postulados del derecho . En respuesta a esta necesidad la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha creado un método para determinar el cumplimiento e incumplimiento por el Estado del deber de resolver el conflicto en su jurisdicción en un lapso razonable . La máxima “justicia retardada es justicia denegada” aplica como un obstáculo para el acceso a la justicia, puesto que la celeridad en los procesos es un asunto que atañe al ejercicio del derecho al debido proceso y tiene que ver directamente con la seguridad jurídica del ciudadano, estas cuestiones inquietan al Sistema Interamericano que por medio de la Corte se ve en la necesidad de pronunciarse con respecto a estos temas. El plazo razonable se concibe como una garantía que se debe aplicar tanto al trámite y a las diversas etapas del procedimiento, como a la diligencia en la ejecución de los fallos judiciales, que son el eslabón final de la cadena que principia y se desarrolla en el proceso. |
Issue Date: | Feb-2016 |
metadata.dc.rights.license: | http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0 |
URI: | http://ri.ujat.mx/handle/20.500.12107/3320 |
metadata.dc.language.iso: | spa |
Appears in Collections: | Ciencias Sociales y Humanidades (DACSYH) |
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31. MSCDH ABRIL ALEJANDRA PRIEGO.pdf | La presente investigación aborda la problemática que se suscita en los países del continente americano al momento de la impartición de justicia con respecto a la disfunción de los sistemas judiciales por el retraso en la conclusión de los procesos que pone en crisis toda legitimación y todos los postulados del derecho . En respuesta a esta necesidad la Corte Interamericana de Derechos Humanos ha creado un método para determinar el cumplimiento e incumplimiento por el Estado del deber de resolver el conflicto en su jurisdicción en un lapso razonable . La máxima “justicia retardada es justicia denegada” aplica como un obstáculo para el acceso a la justicia, puesto que la celeridad en los procesos es un asunto que atañe al ejercicio del derecho al debido proceso y tiene que ver directamente con la seguridad jurídica del ciudadano, estas cuestiones inquietan al Sistema Interamericano que por medio de la Corte se ve en la necesidad de pronunciarse con respecto a estos temas. El plazo razonable se concibe como una garantía que se debe aplicar tanto al trámite y a las diversas etapas del procedimiento, como a la diligencia en la ejecución de los fallos judiciales, que son el eslabón final de la cadena que principia y se desarrolla en el proceso. | 3,91 MB | Adobe PDF | View/Open |
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