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dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-sa/4.0es
dc.creatorGrageola Santos, Luis G.-
dc.date.accessioned2024-11-19T19:33:32Z-
dc.date.available2024-11-19T19:33:32Z-
dc.date.issued2020-10-30-
dc.identifier.urihttps://ri.ujat.mx/handle/200.500.12107/5094-
dc.description.abstractEn materia fiscal existe una relación estrecha entre la autoridad hacendaria y los contribuyentes, la cual ha tenido diversos pasajes sombríos a lo largo de la historia, tanto de los contribuyentes hacia la autoridad como de manera viceversa. Un claro ejemplo de lo anterior, lo apreciamos en una práctica arraigada por ciertos contribuyentes; y hablamos por supuesto de la evasión fiscal, la cual se ha sofisticado de tal modo, que en la actualidad se puede visualizar uno de sus brazos más poderosos llamado: inexistencia o simulación de las operaciones. Los contribuyentes a través de su personalidad y capacidad jurídicas tanto propias como de sus entidades económicas para realizar operaciones económicas; han provocado cierta desconfianza en el fisco, el cual a través de mecanismos legales los busca y persigue de tal modo que llega a hostigarlo frecuentemente, provocando una alteración sostenida en la relación jurídico fiscal. No obstante, aunque con muchos sinsabores, a todos los ciudadanos nos conviene que ambas partes puedan llevar una relación sana, si bien es cierto que la autoridad hacendaria utilizará medios legales, los contribuyentes aparte de contar con medios igualmente jurídicos, tienen un plus regulado por la teoría técnica; que avanza de tal modo por todos los rincones de la entidad económica, que lo convierte en un mecanismo de defensa poderoso contra cualquier posible riesgo ya sea fiscal o financiero, y este es el llamado control interno, el cual puede crear cierta certidumbre para ambas partes de la relación fiscal. No debemos olvidar el principio de la solidaridad económica, estipulado implícitamente en nuestra carta magna, el cual tiende a recordarnos que necesitamos contribuir al gasto público para sustentar las necesidades de nuestra nación, no sin pasar por alto el reafirmar que es una obligación tanto legal como cívica cumplir de manera proporcional y equitativa a dicho gasto. Así mismo la autoridad hacendaria debe hacer valer el estado de derecho que inviste a los contribuyentes y no vapulear su esfera jurídica ya que los contribuyentes a través de grandes movimientos sociales han reclamado y ganado dicha esfera jurídica emitida en las distintas legislaciones vigentes. Por el bien de nuestro país y el bien común, hagamos posible esta sana relación fiscal.es
dc.language.isospaes
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.titleImpacto del sistema de control interno en operaciones inexistentes o simuladases
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/masterThesises
dc.creator.id183B44004es
dc.subject.ctiinfo:eu-repo/classification/cti/5es
dc.subject.keywordsContribuyenteses
dc.subject.keywordsOperaciones inexistenteses
dc.subject.keywordsControl internoes
dc.subject.keywordsEntidad económicaes
dc.contributor.roleanalistaes
dc.type.versioninfo:eu-repo/semantics/draftes
dc.contributor.roleoneanalistaes
dc.contributor.roletwoanalistaes
dc.contributor.rolethreeanalistaes
dc.contributor.rolefouranalistaes
Aparece en las colecciones: Maestría en Contaduría (PNPC)

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