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Title: Derechos humanos laborales del trabajador migrante en la frontera sur de México
metadata.dc.creator: García Santos, Luis Daniel
metadata.dc.creator.id: 201F35003
metadata.dc.contributor: Morales Gómez, Silvia María
metadata.dc.contributor.id: 0000-0003-4973-8121
Abstract: Los migrantes son un grupo vulnerable que se ven expuestos a distintos grados de discriminación que influye en la falta de oportunidades laborales, esto por diversos factores como el color de piel, el analfabetismo, por provenir de los países centroamericanos que son catalogados por organismos internacionales 1 como de extrema marginación lo que conlleva a considerarlos en la idiosincrasia mexicana como inferiores. Las condiciones laborales son mínimas pues en el relativo caso que sean contratados el patrón buscaría obtener un beneficio adicional con base a la situación migratoria en que se encuentre, originando que los trabajos sean precarios y peligrosos, además de ello que son presas fáciles de la delincuencia y del trabajo forzoso o de la denominada esclavitud moderna. El tema migratorio conjugado con el trabajo ha cobrado ámpula en los últimos años pues la política que ejerce el vecino del norte, genera presión para los efectos de retención de estas personas, lo cual genera vejaciones a su dignidad, es un tema complejo de abordar pues se trata de derechos humanos sin embargo, en la memoria colectiva mexicana, en los discursos que imperaba por nuestros propios gobernantes en las décadas pasadas, se creó la idea a escala de menospreciarlos y discriminarlos por su origen, cómo una especie de superioridad, un egoísmo innato que ha permitido incluso señalar que emplear migrantes conduce a efectos negativos, hoy en día el derecho ha evolucionado al permitir reflexionar y considerar que por el hecho de ser humanos son merecedores de la protección del estado. El derecho a la subsistencia, a obtener lo elemental, es un derecho de cualquier ser humano, independientemente del lugar de origen, esto es así porque la vida es el bien más preciado y el estado no puede vulnerarlo impidiendo trabajar, aunque sea por un tiempo determinado. El acceso a la justicia laboral de los migrantes en los últimos años ha tenido un notable avance pues la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha generado criterios en relación a que la garantía de los derechos económicos, sociales y culturales requiere de los medios necesarios para ejercerlos efectivamente, esto es así porque los obstáculos que existen para que un migrante pueda regularizarse, obtener un trabajo, un medio de subsistencia son inmensos, desde el no contar con documentos de identificación dentro del país, a una clave única de registro de población, que son requerimientos indispensables para ser contratados, porque bajo el principio de la realidad que rige la materia laboral un empleador en la formalidad valora y exhibe el riesgo de otorgarle un trabajo a un migrante. El estigma y desconfianza por parte del patrón influye en esta dualidad, además que la sanción de emplear a un migrante irregular, que es aquel individuo que cruzó la frontera sin cumplir con los lineamientos de entrada en el país, conlleva a una multa y vigilancia de la autoridad migratoria. Los flujos migratorios en la frontera sur de México lo componen personas provenientes de Guatemala, Honduras y El Salvador; cuya migración está influida por razones económicas, políticas, fenómenos climáticos, violencia e inseguridad.2 Aunque nuestra carta magna y la Ley Federal del Trabajo establecen los tipos de derechos laborales que existen y la forma de ejercerlos, la trascendencia es abordar estos temas con el factor migrante, siendo una realidad que se encuentra superada, pues el propio estado mexicano ha reconocido como un problema grave la entrada masiva de migrantes, el enfoque no corresponde en alentar el flujo migratorio sino en evitar las violaciones constante de los derechos tanto humanos como laborales que generan consecuencias al trabajador como accidentes, ser víctimas de delitos como la trata de persona, incluso fatalidades como la muerte del trabajador migrante, aunado a que por su condición existe una especie de exclusión. En un mundo globalizando en el que existe intercambio de mercancías, cooperación económica, también implica que las personas intenten buscar un crecimiento económico a través de su fuerza de trabajo, las razones que conlleva a abandonar el país de origen son multifactoriales, pero ante un escenario adverso en su nación arriesgan lo poco que tienen por obtener un ingreso que les permita tener una vida digna, el fin social es el trabajo. La presente investigación se centra en el análisis de los derechos humanos laborales de los migrantes en la frontera Sur de México y su protección, para ello se planteó como pregunta inicial: ¿De qué forma se garantiza el acceso a la justicia laboral de los Trabajadores Migrantes?, y a partir de la hipótesis: La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en su artículo 1° que todas las personas gozaran de los derechos humanos reconocidos en el ordenamiento, así como en los tratados internacionales en los que México sea parte favoreciendo su protección más amplia, asimismo en su artículo 5° párrafo tercero señala que nadie podrá ser obligado a prestar trabajos personales sin la justa retribución y sin su pleno consentimiento, sin embargo la situación de vulnerabilidad de las personas que ingresan al territorio mexicano ya sea por encontrarse en tránsito o en busca de asilo presentan obstáculos en su ejercicio, se estableció como objetivo general, analizar de qué forma se garantizan los derechos humanos en el acceso a la justicia laboral de los Trabajadores Migrantes en la Frontera Sur de México. En razón de lo anterior la realización de los objetivos específicos tienen respuesta en el Capítulo Primero al enunciar desde un enfoque general los derechos humanos de los trabajadores migrantes; en el Capítulo Segundo, se contextualiza la vulnerabilidad de los trabajadores migrantes en situación irregular, a la luz de los principios internacionales que rigen su protección; en el Capítulo Tercero se describe a los sujetos que intervienen de forma directa e indirecta en la relación laboral con las personas migrantes; en el Capítulo Cuarto se determinan los mecanismos de acceso a la justicia laboral de los migrantes, así como las instancias con las que cuenta para el reconocimiento de sus derechos. La estrategia metodología aplicada en este proyecto de investigación es de corte cualitativo-deductivo en la recolección de información, datos de organismos nacionales e internacionales, es decir va de lo general a lo particular, interpretando el fenómeno migratorio junto al contexto en que se desarrolla. Cómo preámbulo el establecer la investigación en la frontera sur de México implícitamente no estamos refiriendo a los migrantes que ingresan de forma terrestre y que provienen de los países de Centroamérica. La investigación del Derecho del Trabajo parte de una labor exegética de las normas jurídicas laborales, consistente en la explicación de las proposiciones jurídicas (normativas y jurisprudenciales) para la posterior ubicación de estas en su contexto histórico y normativo. Efectivamente, la explicación del sentido de las normas laborales también presupone la necesidad de situarlas dentro de un orden sistemático, a partir del cual se pueda efectuar un análisis unitario y coherente de las instituciones jurídicas laborales.3 La dignidad entraña la prohibición de tratos vejatorios y degradantes, así como el derecho a no sufrir humillaciones. Se trata de un “rasgo necesario, no contingente, de todos los seres humanos, permanente e inalterable, no transitorio ni intercambiable”.4 El tema de trabajadores Migrantes se aborda desde una perspectiva de derechos humanos, de principios jurídicos universales como el mínimo vital o la subsistencia, que es el asegurar a toda persona lo elemental para poder existir, en este caso a través del empleo obtener un salario y con ello disponer de lo necesario cómo la alimentación, el vestido, la vivienda, transporte etc., lo que se requiera en el determinado momento. El mínimo vital es un concepto que tiene cabida en tratados internacionales como en el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales el cual fue aprobado el 16 de Diciembre de 1966 y siendo vinculante para México desde que solicitó su adhesión al instrumento en el año de 1981, siendo la espina dorsal que sostiene esta investigación ya que una persona que abandona su país de origen y pasa a ser migrante debe contar con la oportunidad de laborar bajo el respeto de sus derechos elementales que son propios de la raza humana. El tema de Justicia social como se ha planteado tiene su origen ante la inconformidad de las condiciones de vida en que se encuentran las clases oprimidas y/o vulnerables necesitadas de atención y protección del estado, así como que su objetivo fue el de contar con un marco jurídico en materia laboral (y otros) que les permitiera denunciar aquellas conductas contrarias a derecho. Es así como el trabajador sin importar que su condición sea la de migrante debe contar con los derechos laborales elementales enunciados en el artículo 23 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en el proceder de esta investigación el de garantizar su existencia: Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social5. Hoy en día, por justicia laboral hay que entender no sólo una aspiración e idea abstracta de que, como principio, ha de regir todo un sistema jurídico, incluyendo en él precisamente la parte laboral, sino básicamente tres aspectos: el acceso a la justicia, la administración de la justicia y la impartición de la justicia; cada uno de estos espacios debe ser visto por separado, pero al mismo tiempo como parte de un todo integral que tiene relaciones entre sí y cuyo funcionamiento adecuado incidirá en la manera como se concreta la justicia, en este caso laboral.6 En la colectividad se encuentra arraigado el nacionalismo que impide reflexionar sobre la trascendencia de estos temas, a pesar de que México es considerado como un país cálido que recibe a cualquier extranjero, sin embargo existe una distinción clara cómo lo es del poder adquisitivo con el que se cuenta al ingreso del país, puesto que el Migrante proveniente de las regiones más pobres del continente Americano que justamente se encuentra en nuestra frontera Sur es decir de los países de Honduras, Guatemala, y El Salvador, pone al descubierto graves violaciones a los derechos humanos cuestiones raciales, xenofóbicas, de discriminación y en lo que se centra este proyecto de investigación la limitación al acceder a un trabajo que imposibilita contar con los recursos para asegurar su subsistencia y la de su familia en el transcurso del tiempo en que permanezca en el país dependiendo de la situación y finalidad migratoria, y desde luego la Justicia Social que es un término muy amplío pero a grandes rasgos significa el poder demandar abusos sin represalias, que se administre, se garantice y respete los derechos laborales. La justicia laboral, con sus diferentes acepciones y contenidos, se enfrenta a una serie de retos en un país como México, en donde es necesario regresar al análisis y debate de estos temas, como parte de los ejercicios que una sociedad no puede posponer en aras de tomar las mejores decisiones que permitan, no sólo modernizar al país, sino ponerlo a tono con los reclamos que la sociedad está demandando.
Issue Date: Mar-2023
metadata.dc.rights.license: http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
URI: https://ri.ujat.mx/handle/200.500.12107/4430
metadata.dc.language.iso: spa
Appears in Collections:Maestría en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos (PNPC)

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