ANALISIS DE REFORMAS A LA LEY DE HACIENDA DEL ESTADO DE TABASCO

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Los principios de igualdad y capacidad <br /> económica junto con el de progresividad,<br /> constituyen el núcleo en el que ha de<br /> sustentarse todo sistema tributario.<br /> Según se deriva por el artículo treinta y<br /> uno fracción cuarta de la Constitución<br /> Política de los Estados Unidos<br /> Mexicanos. De esta forma, la igualdad<br /> ante la ley -ante la Ley Tributaria en este<br /> caso- resulta indisociable de los<br /> principios que se enuncian en el último<br /> precepto constitucional citado artículo. <br /> Por esta razón el principio de igualdad<br /> tributaria comprende evidentemente, aunque<br /> no se quede solo en ese<br /> aspecto-, que el reparto de la carga<br /> tributaria no se puede conseguir si la ley<br /> al configurar la relación tributaria<br /> introduce discriminaciones arbitrarias o<br /> irrazonables en relación con<br /> presupuestos de hecho sustancialmente<br /> idénticos.

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