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dc.rights.licensehttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0es_MX
dc.date.accessioned2018-04-10T04:17:06Z-
dc.date.available2018-04-10T04:17:06Z-
dc.date.issued2014-04-01-
dc.identifier.urihttp://ri.ujat.mx//handle/20.500.12107/2574-
dc.descriptionEl Derecho continental se enfrenta a una fuerte competencia del Derecho anglo americano o Common law. En Francia y México la legislación aplicada es la del Derecho continental. Sin embargo, a pesar del acuerdo de libre comercio firmado en el año 2000 entre Francia y México, el Derecho mercantil francés parece ser poco utilizado por los inversionistas mexicanos. Relatándonos los defectos que presenta el Derecho mercantil francés, el objetivo de este artículo es entonces demostrar el atractivo de este Derecho tanto por su simplicidad creciente como por la seguridad que puede ofrecer a los inversionistas franceses y particularmente mexicanos. Las legislaciones a escala interna, como la Unión Europea, van en esa dirección de simplicidad y de liberalización. No obstante, los inversionistas extranjeros no deberían ver este liberalismo como un freno ya que existen numerosas disposiciones destinadas a protegerlos.-
dc.language.isospa-
dc.rightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses_MX
dc.titleEL ATRACTIVO DEL DERECHO FRANCÉS-
Aparece en las colecciones: Vol. 2, Núm. 3 (2014)

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