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Título : Conciliación en el sistema de justicia laboral en México.
metadata.dc.creator: Rodríguez Segura, José de Jesús
metadata.dc.creator.id: 111F18026
metadata.dc.contributor: Cornelio Landero, Egla
metadata.dc.contributor.id: 0000-0003-4801-3735
Resumen : Esta investigación se presentó como una interrogante frente al sistema de justicia laboral en México, ya que desde 1917 cuando por primera vez se recogió el Derecho del Trabajo en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, se dispuso que para resolver los conflictos que se suscitaran entre los trabajadores y patrones serían resueltos por juntas de conciliación y arbitraje. Desde hace más de cien años, se consideró que la conciliación debería ser el método para arreglar los diferendos entre los sujetos de las relaciones laborales, no obstante, a ello, en las juntas de conciliación y arbitraje, tanto federal como las locales, no se tuvo la visión de dar preeminencia a la conciliación frente al arbitraje, y por ello, la conciliación procesal no dio los resultados esperados. El mecanismo de conciliación es un procedimiento que pueden elegir voluntariamente las personas involucradas en un conflicto laboral con la intervención de un tercero profesional conciliador que los guía y puede sugerir posibles alternativas de acuerdos, las partes evaluando sus intereses y necesidades llegan a acuerdos de forma voluntaria los cuales cumples en sus términos para con ello poner fin a sus conflictos. La autonomía de la instancia de conciliación a través de los organismos especializados de conciliación como son el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y Centros de Conciliación locales representa la progresividad del sistema de justicia laboral en México, y la oportunidad de involucrar a los dueños de los conflictos laborales en la solución de los mismos, simplifica el derecho de acceso a la justicia pronta y expedita. Para la elaboración de este trabajo el objetivo general planteado fue “Analizar el mecanismo de conciliación, sus principios, proceso, como instancia para abordar conflictos laborales en México”. Con cuatro objetivos específicos que dieron la pauta para conformar cuatro capítulos que se desarrollaron conforme a los siguientes temas. En el capítulo primero titulado CONCILIACIÓN, RELACIÓN LABORAL ASPECTOS CONCEPTUALES, se abordan antecedes, diversas definiciones de conciliación, sujetos, objetivo de la conciliación, características y principios, naturaleza de la conciliación, clases de conciliación, conceptos de relación laboral, sujetos y tipos de relación laboral. En el segundo capítulo cuyo título es LOS CONFLICTOS POR RELACIONES LABORALES Y PROCEDIMIENTOS DE SOLUCIÓN EN MÉXICO, se describe el conflicto a través de diversas definiciones, el conflicto laboral y los diversos tipos de conflictos laborales, procedimientos de la ley laboral para resolver conflictos y el laudo. El tercer capítulo denominado LA CONCILIACIÓN INSTITUCIONAL EN EL SISTEMA DE JUSTICIA LABORAL, se integra con diversos subtemas como los medios de solución prácticos para resolver conflictos, el pago, transacción y el convenio voluntario, conciliación en el acceso a la justicia laboral en México, conciliación ante autoridades administrativas, conciliación ante autoridades jurisdiccionales y la conciliación en sistema de otros países. El capítulo cuarto titulado LA CONCILIACIÓN PREVIA A LA JURISDICCIÓN PARA LA SOLUCIÓN DE CONFLICTOS LABORALES Y SUS ALCANCES, en el cual se desarrollan subtemas como: fundamento constitucional de la conciliación prejudicial obligatoria en conflictos laborales en México, diversos tópicos de análisis de la conciliación en la justicia laboral, los abogados frente a la conciliación prejudicial, la práctica de la conciliación desde la perspectiva de justicia alternativa, el principio de progresividad en el derecho humano de acceso a la justicia en la conciliación previa a la jurisdicción laboral, los centros Federal de Conciliación y Registro Laboral y centros de conciliación estatales, descripción del procedimiento de conciliación, conflictos que se exceptúan de ir a conciliación previa, y el conciliador y eficacia jurídica del convenio obtenido en una conciliación prejudicial. Mediante el desarrollo de los capítulos se logró llegar a la conclusión que permite justificar la hipótesis previamente establecida, en el sentido que implementar la instancia de conciliación autónoma justifica la progresividad del derecho de acceso a la justicia laboral, cumple con los principios de justicia pronta y expedita, y permite la participación activa de las partes involucradas en los conflictos laborales en la construcción de sus propios acuerdos y el cumplimiento de los mismos de forma voluntaria, implicando esto menos costos y mayor confianza para la personas.
Fecha de publicación : ene-2020
metadata.dc.rights.license: http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
URI : https://ri.ujat.mx/handle/200.500.12107/4751
metadata.dc.language.iso: spa
Aparece en las colecciones: Maestría en Derecho

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