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Título : Derecho humano al agua potable en el municipio de Centro, Tabasco.
metadata.dc.creator: Batris de la Cruz, Ana Ruth Citlaly
metadata.dc.creator.id: 0009-0002-5083-2860
metadata.dc.contributor: Pérez Baxin, Oscar
metadata.dc.contributor.id: 0000-0002-4332-2427
Resumen : El agua es un recurso natural, pieza fundamental en la conservación de la vida, es un elemento esencial para el funcionamiento del organismo del cuerpo humano, fue reconocido como un derecho humano en el año 2002 por las Naciones Unidas, en la Observación General numero 15 señala que el agua es un bien público necesario para la vida y la salud. Así también, en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se reforma el párrafo sexto, del artículo 4°, donde se establece el derecho humano al agua potable y saneamiento como un derecho fundamental para todos, destacando cuatro características necesarias para su cumplimiento esto es que sea forma suficiente, salubre, aceptable y asequible. A pesar del reconocimiento constitucional en la encuesta del Instituto Nacional de Estadística y Geografía del año 2015, un total de 29 048 251 hogares en México, presentaron las siguientes cifras de acuerdo con la distribución de agua: 21.2 millones recibía agua diariamente 4.4 millones cada tercer día 1.6 millones dos veces por semana 1.08 millones una vez a la semana1 Referente a ello la presente investigación resulta de suma importancia, está estructurada por cuatro capítulos, en el primer capítulo se encuentra el apartado metodológico donde se concentra la estructura de la investigación, como vemos en las cifras anteriores la falta de agua potable afecta a todo el país, a unos Estados en mayor cantidad y a otros en menor, por lo que fue necesario delimitar el campo de estudio de la investigación al municipio de Centro, del estado de Tabasco. En el segundo capítulo se establece ya todo lo referente al agua como un derecho humano, así como la situación descriptiva del estado de Tabasco, esto incluye las regiones hidrológicas, el aspecto socioeconómico, los usos del recurso, así como el marco normativo a nivel estatal del derecho humano al agua potable y los sujetos de participación. También en el capítulo número tres se establece todo lo referente al principio de interdependencia, se plasma el sustento teórico y la aplicación del principio de interdependencia en las legislación estatal, nacional e internacional (al incluir tratados, Convenciones y recomendaciones de diferentes instrumentos internacionales). En el capítulo cuarto se aplica ya el principio de interdependencia del derecho humano al agua potable con los derechos humanos a la alimentación, a la salud, al medio ambiente sano y a la vivienda, a través de un estudio de casos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Fecha de publicación : abr-2022
metadata.dc.rights.license: http://creativecommons.org/licenses/by-nc/4.0
URI : https://ri.ujat.mx/handle/200.500.12107/4565
metadata.dc.language.iso: spa
Aparece en las colecciones: Maestría en Métodos de Solución de Conflictos y Derechos Humanos (PNPC)

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