LAS AUTORIDADES ADMINISTRATIVAS INDEPENDIENTES EN FRANCIA: ÓRGANOS COLEGIADOS
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Las AAI (Autoridades Administrativas Independientes) francesas son organismos que ejercen sus misiones en nombre del Estado sin estar subordinadas al Gobierno. Las AAI disponen de poderes variados, como el poder de sanción, y gozan de garantías que les permiten ser plenamente<br />
autónomas, sin que sus acciones puedan ser orientadas o censuradas si no es por un juez. Así, las AAI constituyen una respuesta reconocida y creíble a una necesidad legítima de las nuevas formas de regulación de las que no se puede<br />
ocupar la administración tradicional, en el delicado ámbito de las libertades públicas y el vínculo social, y de ciertos sectores o mercados económicos. Si su creación no es en sí misma sinónimo de cierto desinterés del Estado, sí es una<br />
muestra de la intención de ofrecer a la opinión pública una garantía reforzada de la imparcialidad de las intervenciones del Estado y de permitir una participación más amplia de personas de orígenes y competencias diversas –especialmente de profesionistas – en las regulaciones deseadas. La colegialidad de las AAI es un elemento importante de su independencia: ella satisface por naturaleza la doble exigencia de equilibrio de las distintas<br />
influencias y de deliberación colectiva acerca de temas delicados o cuestiones complejas. Sin embargo, no existe un modelo único de colegialidad para estas autoridades administrativas que son bastante heterogéneas entre sí. Por el<br />
contrario, cada una de estas AAI tiene sin duda su propia forma de colegialidad. Lo que debe conducirnos a verificar si todas las formas de colegialidad analizadas pueden o no ser garantes de un funcionamiento independiente, imparcial y pluralista de las AAI.